Para la procedencia de la referida acción son tres los presupuestos esenciales: 1) el derecho
Para la procedencia de la referida acción son tres los presupuestos esenciales: 1) el derecho de propiedad de la cosa por parte del actor; 2) la posesión de la cosa por el demandado; y 3) la identificación o singularización de la cosa reivindicada. Consiguientemente la prueba de la acción reivindicatoria debe estar dirigida a demostrar esos tres presupuestos o requisitos, es decir quien demanda la reivindicación de un bien debe demostrar: 1) el derecho de propiedad de quien se pretende dueño; 2) la determinación de la cosa que se pretende reivindicar y; 3) la posesión de la cosa por el demandado
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- III. Asimismo declaró IMPROBADA respecto a los daños y perjuicios
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- En ese entendido dispuso en el fondo declarar IMPROBADA LA DEMANDA reivindicatoria y negatoria, manteniéndose
- CONSIDERANDO II
- Manuel Cruz Huanaco y Fortunata Ayaviri de Cruz refieren que las colindancias del terreno de
- Refirieron que la fracción reclamada por el demandante como suya, que al tenor de su
- Expresaron que asimismo conforme a su testimonio de propiedad se le estaría privando de tener
- Asimismo, acotaron que la construcción del inmueble de los recurrentes demuestra de manera clara cuál
- III.1. De la acción reivindicatoria y sus requisitos
- En el Auto Supremo No 207/2016 de fecha 11 de marzo de 2016 se orientó
- Asimismo corresponde enfatizar algunos supuestos a presentarse dentro de la acción, puesto que cuando el
- En cambio, si la resistencia del demandado de reivindicación se reduce a la situación de
- Respecto a los requisitos para la procedencia de la acción reivindicatoria corresponde citar el contenido
- La acción reivindicatoria es una acción real, pues nace del derecho de propiedad que tiene
- Para la procedencia de la referida acción son tres los presupuestos esenciales: 1) el derecho
- Al respecto el autor "Arturo Alessandri" señala que corresponde al reivindicador demostrar los supuestos de
- III.2. De la función compleja de la acción reivindicatoria
- Este Tribunal de Casación a través de sus diversos fallos ha orientado que en los
- En este antecedente, se ha orientado a través del Auto Supremo N° 122/2012 de 17
- Ahora bien cuando el demandado de reivindicación resista esa pretensión alegando ser el propietario de
- Entablada la acción reivindicatoria podrá entonces presentar los siguientes supuestos: a) El actor presenta título
- Para el caso que se resuelve, nos interesa analizar el segundo supuesto, es decir aquel
- Por otra parte, se debe también hacer mención a que el art
- La línea jurisprudencial asumida por este Tribunal, ha orientado en el Auto Supremos Nº 588/2014
- III.3. Del principio de congruencia y el art. 265.I del Código Procesal Civil
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En este entendido, este Tribunal Supremo de Justicia orientó a través del Auto Supremo Nº
- De igual forma, a través del Auto Supremo Nº 254/2014 se orientó que: “La inobservancia
- De igual forma, y ahonda un poco más en la incongruencia omisiva, es menester señalar
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- Recurso de casación en la forma
- En relación a que la decisión de segunda instancia habría vulnerado el art
- Bajo esas consideraciones, queda desvirtuado el reclamo efectuado, correspondiendo resolver por infundado el recurso de
- Sobre este punto, conviene resaltar la doctrina aplicable desarrollada en los puntos III
- De lo cual, se puede advertir claramente que tanto los demandantes como los demandados poseen
- En ese sentido la prueba pericial de fs
- La acción reivindicatoria requiere tres requisitos o presupuestos para su procedencia: “1) el derecho de
- Concluyendo que, de todo lo anteriormente analizado se establece que la norma invocada corresponde ser
- Al respecto, se tiene que dentro de las pruebas aportadas al presente proceso, se encuentran
- Asimismo de fs
- En cuanto al punto a) determinó que la parte demandante con Matrícula Nº 1
- Respecto a la parte demandada con Matrícula Nº 1
- En relación al punto b) el perito determinó que existe un área construida dentro de
- Por lo tanto el peritaje tomó como referente el plano de división y aprobación municipal
- Al respecto corresponde establecer que el peritaje en el punto b), estableció una superficie sin
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- Respecto a que de acuerdo a su testimonio de propiedad se le estaría privando de
- En ese entendido y siendo que se efectuó la división otorgando las superficies de 140
- De lo anteriormente descrito los demandantes tienen la posibilidad de activar proceso a los anteriores
- Que conforme los planos de línea y nivel otorgados por el Municipio de Sucre y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
