Auto Supremo AS/1299/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1299/2018

Fecha: 20-Dic-2018

En el mismo sentido se debe aclarar que si bien la parte actora en su

Respecto al punto sobre el por pago indebido, apropiación ilícita, enriquecimiento ilegitimo de $us. 100.000,00 (Cien Mil 00/100 Dólares Americanos), se puede establecer que de la valoración de la prueba, documental, confesión provocada y pericial, se logró establecer que evidentemente se produjo la operación comercial, entre la empresa Polyment y Alfonso Roberto Vrsalovic, por orden del ahora recurrente, como aporte para la constitución de una planta de plata en Potosí, que la misma por distintas circunstancias no se efectivizó, pero no se pudo acreditar mediante dicha prueba, que evidentemente se procedió a la devolución de dicho monto económico al ahora demandado, por lo que no corresponde la pretensión de la parte demandante respecto a este punto.
En el mismo sentido se debe aclarar que si bien la parte actora en su respuesta al recurso de casación hace alusión a la prueba testifical producida mediante cuestionario de fs. 321 y absuelto mediante actas de fs. 323 vta., y 325, la misma no puede ser considerada para establecer la devolución de dicho monto económico al demandado, esto conforme lo establece el art. 1328 del CC