Auto Supremo AS/0011/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0011/2018-RA

Fecha: 01-Feb-2018

Finalmente los recurrentes indican que el Tribunal de Apelación al pronunciar el Auto de Vista


3) Bajo el acápite de “En lo que corresponde al Agravio del inc. 6) del Art. 370 del Código de Procedimiento Penal, por cuanto la Sentencia se basa en HECHOS NO ACREDITADOS” (sic), los recurrentes indican que el Auto de Vista impugnado habría suplido su labor de observar las reglas de lógica, psicología y la experiencia por una transcripción íntegra, inextensa y reiterada de los memoriales de formulación de apelación restringida, no estableciendo de cómo y del por qué consideran que el Juez de Sentencia si hubiera realizado un análisis y una valoración de prueba con coherencia orden y razonamiento lógico.

Finalmente los recurrentes indican que el Tribunal de Apelación al pronunciar el Auto de Vista impugnado que declara improcedentes los recursos de apelación restringida interpuestos, obra en contradicción a los siguientes precedentes: Autos Supremos 088 de 18 de marzo de 2008, 385/21013 de 31 de diciembre, 287/2013-RRC de 4 de noviembre, 077/2012-RRC de 23 de abril, 064/2012-RRC de 19 de abril, 044/2012-RRC de 22 de marzo, 022/2012-RRC de 16 de febrero, 073/2013-RRC de 19 de marzo, 065/2013-RRC de 11 de marzo, 176/2012 de 16 de julio, 134/2013-RRC de 20 de mayo, 065/2012-RRC de 19 de abril, 87/2013 de 26 de marzo, 425/2013 de 13 de septiembre