Auto Supremo AS/0030/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2018-RA

Fecha: 05-Feb-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 94/2014 de 15 de mayo (fs. 176 a 178 vta.), el Juez Segundo de Partido y de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Rosalía Núñez Cori de Arce, Carmen Rosa Núñez Cori y Gladis Núñez Cori autoras de la comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del CP, imponiendo la pena de un año de reclusión y doscientos días multa a razón de Bs. 5.- por día, más el pago de costas, daños y perjuicios a favor del Estado y la parte acusadora particular, siendo beneficiadas con el perdón judicial.
b)Contra la mencionada Sentencia, las imputadas Rosalía Núñez Cori de Arce, Carmen Rosa Núñez Cori y Gladis Núñez Cori formularon recurso de apelación restringida de (fs. 182 a 184 vta.), resuelto por los Autos de Vista 92/2014 de 1 de diciembre (200 a 201 vta.) y 16/2016 de 22 de febrero (fs. 303 a 304), que fueron dejados sin efecto por los Autos Supremos 603/2015-RRC de 11 de septiembre (fs. 292 a 298 vta.) y 925/2016-RRC de 24 de noviembre (fs. 418 a 421); a cuyo efecto, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 31/2017 de 26 de junio, que declaró admisible e improcedentes las cuestiones planteadas en la apelación; por ende, confirmó la Sentencia apelada