Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por María Luz Chacón
Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por María Luz Chacón Vda. de Aguanta (memorial de fs. 290 a 293 y vta.), la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emitió el Auto de Vista Nº 089/2017 de fecha 25 de septiembre de 2017 cursante de fs. 345 a 348, CONFIRMANDO la sentencia apelada que declaró improbada la usucapión extraordinaria, con costas y costos
- Eugenio Aguanta
- Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO I
- En base a la de demanda de fs
- Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por María Luz Chacón
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por María Luz Chacón Vda
- En el marco de lo preceptuado en el art
- De igual forma, se advierte que la recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada,
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación de fs
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
