Del memorial del recurso de casación (fs
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación (fs. 204 a 206 vta.), erróneamente signada en la foliación, y siendo reiterativo (fs. 209 a 210 vta.), se extraen los siguientes agravios:
La recurrente, denuncia que el Auto de Vista habría favorecido al acusado, refiriendo que: i) Que durante el proceso penal, por declaración del mismo acusado se acepta la comisión del delito de Usura, puesto que está plasmado en el documento presentado con el 10% de interés sobre la suma de dinero, y que durante el proceso el imputado Robert Pinto Sosa amenazaba hacerlo desaparecer un motorizado que con mentiras habría quitado de manera abusiva. Que los testigos ofrecidos eran coincidentes entre sí, al contrario de los testigos del acusado que no habrían acertado respecto a los hechos el día en el que él acusado recibió los dineros. ii) Esos actos no fueron valorados por el Juez de Sentencia, dictando una Resolución absolutoria, no cumpliendo con los principios de objetividad, proceso justo e imparcialidad; y, iii) Procediendo a dictar el Auto de Vista, a pesar de lo fundamentado, se dictó una resolución en favor del acusado respecto a los delitos de Usura y Extorsión, siendo que se habría explicado en qué forma se cometió los defectos no valorados por el Juez, por lo que el Auto de Vista no ha valoró la fundamentación expuesta en el recurso de apelación restringida, en violación al debido proceso, solicitando se admita el recurso y se revoque el Auto de Vista
- Por memorial presentado el 5 de diciembre de 2016 y 3 de enero de 2017,
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 25 de noviembre de 2016
- Del memorial del recurso de casación (fs
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- El Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento de la primera parte del art
- Las formas procesales revisten un carácter protocolar que es impuesta como carga a quien pretende
- Que, bajo ese contexto, conforme se precisó en el acápite anterior de la presente Resolución,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
