Auto Supremo AS/0046/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046/2018

Fecha: 27-Feb-2018

Siguiendo el razonamiento anterior, ésta Sala considera que los arts

En mérito de lo anterior y a efectos de evitar tal incongruencia a menester partir de una interpretación contextualizada, de tal modo que los alcances y efectos del art. 478 no se realicen con sacrificio del contenido, fines y finalidad del art. 477, sino mas bien, que ambos dispositivos encuentren realización del modo más armónico posible.
Siguiendo el razonamiento anterior, ésta Sala considera que los arts. 477 y 478 del Reglamento del Código de Seguridad Social, deben interpretarse como concordantes y complementarios en la medida que, mientras el art. 477 dispone que los montos percibidos indebidamente deban ser devueltos, el art. 478 regula el modo de lograr tal devolución: mediante descuentos a cargo del empleador en caso de tratarse de trabajadores activos o mediante descuentos de la renta mensual para el caso de los rentistas