Si bien, alega que recurre de casación en el fondo, empero no identifica de manera
Si bien, alega que recurre de casación en el fondo, empero no identifica de manera clara y precisa las leyes infringidas, violadas, aplicadas indebidamente o interpretadas de manera errónea, tampoco explica cómo y de qué manera se habría incurrido en infracción de las normas que cita y transcribe, aludiendo simplemente a que no se habría apreciado adecuadamente una prueba, sin identificar esa prueba existente en el proceso, y menos aún explicar si era errónea apreciación de la prueba se debe a un error de hecho o de derecho que hubiese incurrido el tribunal de alzada
- CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado
- Que, al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil, Ley Nº 439 de
- Que, en mérito a dichos antecedentes legales, se debe considerar que en aplicación del art
- b) Se debe citar en términos claros y precisos el auto de Vista que se
- c) Se de identificar con claridad, precisión la ley o leyes infringidas, violadas, o aplicadas
- Por ello, en aplicación del art
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- Si bien, alega que recurre de casación en el fondo, empero no identifica de manera
- Por consiguiente, al evidenciarse el incumplimiento del art
- MPROCEDENTE, sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178
- Por consiguiente se declara la ejecutoria del Auto de Vista Nº 191/2016 SSA-I de 27
- Regístrese, notifíquese y devuélvase al tribunal de origen.
