Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 059/2018-RA
Sucre, 14 de febrero de 2018
Expediente: Pando 41/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Alberto Bernabé Mamani
Delito : Tráfico de Personas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2017, cursante de fs. 46 a 49, Alberto Bernabé Mamani, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 16 de agosto de 2017, de fs. 31 a 32 vta., pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Personas, previsto y sancionado por el art. 321 bis del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 059/2018-RA
Sucre, 14 de febrero de 2018
Expediente: Pando 41/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Alberto Bernabé Mamani
Delito : Tráfico de Personas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2017, cursante de fs. 46 a 49, Alberto Bernabé Mamani, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 16 de agosto de 2017, de fs. 31 a 32 vta., pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Personas, previsto y sancionado por el art. 321 bis del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni
- Por otro lado, aclarar que el Auto Supremo 88/2008 de 18 de marzo no fue
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
