Es necesario previamente establecer que el art
II.1. ESTUDIO DEL CASO Y JUSTIFICACIÓN DEL FALLO
II.2. Fundamentos Jurídicos del Fallo
Es necesario previamente establecer que el art. 3 de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014, dispone que se crea la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, como parte de la estructura de los Tribunales Departamentales de Justicia, para que conozcan y resuelvan las causas contenciosas que resultaren de los contratos, negociaciones o concesiones de los gobiernos autónomos departamentales, municipales, indígena originario campesinos y regionales, que cumplan roles de administración estatal a nivel departamental, así como las demandas contenciosas administrativas a nivel departamental, que resultaren de la oposición del interés público y privado
II.2. Fundamentos Jurídicos del Fallo
Es necesario previamente establecer que el art. 3 de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014, dispone que se crea la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, como parte de la estructura de los Tribunales Departamentales de Justicia, para que conozcan y resuelvan las causas contenciosas que resultaren de los contratos, negociaciones o concesiones de los gobiernos autónomos departamentales, municipales, indígena originario campesinos y regionales, que cumplan roles de administración estatal a nivel departamental, así como las demandas contenciosas administrativas a nivel departamental, que resultaren de la oposición del interés público y privado
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- El mencionado Auto Definitivo originó que los demandantes formulen el recurso de casación en el
- Que los vocales señalaron que debe existir una decisión del Gobierno o Municipio con
- Que se perdió el objeto de la demanda al citar el DL Nº 14375 de
- Concluyó solicitando que conforme a los arts
- CONSIDERANDO II
- Es necesario previamente establecer que el art
- El art
- Asimismo el art
- En ese entendido, de la revisión de los antecedentes, se evidencia que los recurrentes presentaron
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación en el fondo conforme a la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
