De igual forma reproduciendo una porción de la Resolución cuestionada, el recurrente cuestiona que la
II. DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad, se extraen los siguientes agravios, inherentes a la denuncia de una presunta revalorización de la prueba por parte del Tribunal de apelación, a través de los siguientes argumentos:
1)Transcribiendo la totalidad del Considerando Segundo de la Resolución impugnada, que son señalados como el argumento de la decisión de anulación de la Sentencia, el recurrente expresa que su contenido delata una “ilegal revalorización de la prueba testifical de las testigos Forty Fernández y María Elizabeth Ibáñez Fernández…tomando en cuenta el certificado Grumeso que nunca fue parte de la comunidad de la prueba…de igual modo [se] revaloriza el certificado médico legal o prueba D-1 [al señalar] que dicho certificado médico es tajante” (sic).
De igual forma reproduciendo una porción de la Resolución cuestionada, el recurrente cuestiona que la misma ingresó a revalorizar elementos de hecho, cuando el Tribunal de alzada expresa “que en el caso de autos nos encontramos ante una violación por ejercicio del poder…se colige que el imputado cometió el hecho delictivo de violación motivado por su superioridad física, la fragilidad de la víctima y la oportunidad que se le presentó para tenerla al alcance indefensa, con escasa resistencia y totalmente desprevenida” (sic)
- Por memorial presentado el 1 de agosto de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El recurrente interpuso recurso de casación el 1 de agosto de 2017, según cargo de
- De igual forma reproduciendo una porción de la Resolución cuestionada, el recurrente cuestiona que la
- Agrega que a través de memorial de 28 de junio de 2017, el hoy recurrente
- Sobre esta temática fueron invocados como precedentes contradictorios los Autos Supremos 384/2005 de 26 de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- De los antecedentes llegados a casación se destaca un aspecto, que es la reposición del
- Consta también en el expediente evidencia del timbre electrónico en la presentación del recurso de
- De lo expresado se concluye que entre el registro de consignación sobre la notificación al
- La Sala Penal estima que a efectos de no afectar derechos de las partes, debe
- Ahora bien respecto a los demás requisitos de admisibilidad se advierte que
- En el segundo motivo del recurso, el recurrente indica que si los requisitos de validez
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
