Auto Supremo AS/0097/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2018-RA

Fecha: 26-Feb-2018

El art


2)Partiendo de la misma situación de hecho, pero bajo un matiz jurídico procesal distinto, el recurrente aduce que el Auto de Vista recurrido “inobservó” los Autos Supremos 065/2012-RA de 19 de abril, “073/2013-RRS” de 19 de marzo, 215/2013 de 12 de junio, que fueran relacionados a la fundamentación descriptiva, analítica o intelectiva y jurídica, requisitos de validez que serían advertidos en la Sentencia de primera instancia, que fue anulada violando el debido proceso, el acceso a la justicia y la seguridad jurídica, a partir de acciones de revalorización de pruebas testificales y documentales.

Más adelante en el recurso se cita como fundamentos jurídicos de la pretensión los arts. 13.I, 14.I, 22, 109.I, 115.I-II de la Constitución Política del Estado (CPE), que relacionados a la protección de derechos, la igualdad de su goce, la libertad de las personas, el debido proceso, son invocados como normas transgredidas por la decisión asumida por la Sala Penal.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)