Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
El autor Pastor Ortiz Mattos, en su obra, El Recurso de Casación en Bolivia, expresa "...El error de hecho se da cuando la apreciación falsa recae sobre un hecho material; tal error, en el que incurre el juez de fondo en el fallo recurrido, cuando considera que no hay prueba eficiente de un hecho determinado siendo así que ella existe y que la equivocación está probada con un documento auténtico", y "El error de derecho recae sobre la existencia o interpretación de una norma jurídica. En el caso que nos interesa cuando el juez o tribunal de fondo, ignorando el valor que atribuye la ley a cierta prueba, le asigna un valor distinto."
Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo y único concepto, conforme señala la doctrina y la jurisprudencia, estos deben desarrollarse de manera separada, objetiva y concreta, ya que en el primer caso, la especificación debe recaer en los medios de prueba aportados al proceso y a los que el juzgador de instancia no le atribuyó el valor que la ley le asigna; y en el segundo caso, el error debe quedar objetivamente demostrado y ser manifiesto como dispone la norma, por lo que debe ser contrastado dicho error con un documento auténtico que lo demuestre, a efectos que de manera excepcional se proceda a una revaloración de esa prueba
Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo y único concepto, conforme señala la doctrina y la jurisprudencia, estos deben desarrollarse de manera separada, objetiva y concreta, ya que en el primer caso, la especificación debe recaer en los medios de prueba aportados al proceso y a los que el juzgador de instancia no le atribuyó el valor que la ley le asigna; y en el segundo caso, el error debe quedar objetivamente demostrado y ser manifiesto como dispone la norma, por lo que debe ser contrastado dicho error con un documento auténtico que lo demuestre, a efectos que de manera excepcional se proceda a una revaloración de esa prueba
- I.ANTECEDENTES PROCESALES
- Sentencia
- Auto de Vista
- Interpuesto el recurso de apelación a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, interpone recurso de casación,
- II.ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de
- 2
- De igual manera indica que existe error de hecho en la apreciación de las pruebas
- Agrega que también existe error de hecho en la apreciación de las pruebas cursantes a
- 3
- 4
- 5
- Agrega que otro aspecto del cual no se pronunció el tribunal de alzada, es sobre
- Asimismo, indica que la sentencia no identifica que documentos hubiera presentado el actor para justificar
- Por ultimo indica que no existe pronunciamiento alguno en el Auto de Vista, respecto a
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de Vista recurrido y
- La parte demandante no contesta el recurso interpuesto
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- Del derecho fundamental al trabajo y a la estabilidad laboral
- El Art
- El Derecho al trabajo es un derecho fundamental reconocido de manera expresa y positiva por
- A su vez, la Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al
- La jurisprudencia constitucional citada de igual manera, estableció una diferencia entre estabilidad absoluta y relativa,
- En ese contexto, podemos inferir que a partir del nuevo modelo de estado constitucional social
- Del principio de verdad material
- Error de Hecho y Derecho en la Valoración de la prueba
- Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
- En cuanto al error de hecho en la apreciación de las pruebas, cuando la resolución
- En este supuesto, cuando se acusa la falta de apreciación de las pruebas, no basta
- Ese error de hecho por lo tanto requiere, ser ostensible y manifiesto lo que en
- Análisis al caso en concreto
- La sentencia de primera instancia, establece que el trabajador demandante en el desarrollo del presente
- Este argumento es ratificado por el Tribunal de Alzada
- En base a lo anotado, y una vez analizada de manera detallada la sentencia de
- Esta tarea de apreciación y valoración integral de las pruebas, no fue cumplida de manera
- En base a ello, podemos establecer que el motivo de retiro del trabajador, no es
- Sin costas y costos, por ser entidad pública la parte demandada
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
