Contra el Auto de Vista el SENASIR formuló recurso de casación, en el que acusó
Contra el Auto de Vista el SENASIR formuló recurso de casación, en el que acusó:
El Tribunal de alzada incurrió en errónea interpretación normativa y valorativa, al no considerar que el certificado de nacimiento del asegurado fue expedido el 8 de diciembre de 1999, con fecha de nacimiento del año 1942, sin embargo, en el sistema del SENASIR el asegurado figuraba con registro de fecha de nacimiento de 24 de diciembre de 1954; después de 9 años, presentó la ratificación y cancelación de partida de nacimiento de la Corte Electoral y el Testimonio de 27 de junio de 2008 emitido por el Juez Gerardo Sotelo (quien tiene 15 procesos por resoluciones contrarias a la ley), es decir que estas irregularidades no fueron valoradas en el Auto de Vista
El Tribunal de alzada incurrió en errónea interpretación normativa y valorativa, al no considerar que el certificado de nacimiento del asegurado fue expedido el 8 de diciembre de 1999, con fecha de nacimiento del año 1942, sin embargo, en el sistema del SENASIR el asegurado figuraba con registro de fecha de nacimiento de 24 de diciembre de 1954; después de 9 años, presentó la ratificación y cancelación de partida de nacimiento de la Corte Electoral y el Testimonio de 27 de junio de 2008 emitido por el Juez Gerardo Sotelo (quien tiene 15 procesos por resoluciones contrarias a la ley), es decir que estas irregularidades no fueron valoradas en el Auto de Vista
- I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas
- Mediante Auto Nº 04504 de 25 de junio de 2013 de fs
- Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
- En grado de apelación interpuesta por Manuel Jesús Farel Soza, por Auto de Vista 15
- II.ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Contra el Auto de Vista el SENASIR formuló recurso de casación, en el que acusó
- Asimismo, señala que el SENASIR debe cumplir requisitos y procedimientos para calificar una renta, lo
- Petitorio
- Concluyó solicitando se case el Auto de Vista Nº 33/2017 y confirme la Resolución de
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS, LEGALES Y JURISPRUDENCIALES
- El art
- La Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (DADDH), señala que toda persona tiene
- El Estado y la sociedad en su conjunto por los riesgos a los que están
- Asimismo se advierte que el asegurado presentó toda la documentación relacionada a su fecha de
- Por lo que se concluye que en la especie existe abundante prueba que demuestra, que
- En consecuencia, no resulta ser evidente que se haya cometido error de interpretación normativa ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
