De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 01/2017 de 10 de enero (fs. 320 a 326), la Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Yolanda Beatriz Ledezma Beltrán, autora de la comisión de los delitos de Abuso de Confianza y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 346 y 357 del CP, imponiendo la pena de un año de reclusión, más el pago de costas y daños a calificarse en ejecución de sentencia y veinte días multa a razón de Bs. 3.- por día.
b)Contra la mencionada Sentencia, Gary Moisés Palenque Rivero en representación legal de Yolanda Beatriz Ledezma Beltrán (fs. 389 a 399 vta.) y Rita Yanett Rojas Reyes en representación legal de Aíran Cristina Alves de Rojas (fs. 401 a 402 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 03/2017 de 19 de mayo, dictado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisibles y procedentes en parte ambas apelaciones en lo referente a la fundamentación y fijación de la pena y por consiguiente confirmó en parte la Sentencia apelada y dispuso modificar la pena a dos años de reclusión, sin costas.
c)Por diligencia de 27 de septiembre de 2017 (fs. 432), la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado; y, el 4 de octubre del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 4 de octubre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- Al respecto, de la revisión de ambos motivos de casación, se puede evidenciar que se
- Finalmente como tercer motivo se denuncia que el Tribunal de alzada convalidó el defecto de
- Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
