Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios:
El recurrente denuncia vulneración al derecho de acceso al recurso, a la tutela judicial efectiva, al principio pro actione, al debido proceso, invocando los arts. 180 I.II. y 115 I. de la Constitución Política del Estado (CPE), expresando que constituye defecto absoluto conforme el art. 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), alegando que el Auto de Vista impugnado y el Auto Complementario, hubieran vulnerado los principios enunciados en dos aspectos a) El Auto de Vista y su complemento habrían declarado improcedente el recurso de apelación restringida por una cuestión formal invocando el art. 408 del CPP, al referir en el fundamento de fondo, que el recurrente no hizo expresión de agravios, no citó leyes que considerase violadas o erróneamente aplicadas, ni enunciado los supuestos defectos, redundando y argumentando su improcedencia del recurso en deficiencias y aspectos meramente formales. b) El Auto de Vista y su complemento debieron advertir las falencias del referido recurso de apelación restringida, debiendo otorgar el plazo establecido por el art. 399 del CPP, para subsanar, corregir, enmendar el recurso respectivo, por lo que el Tribunal de alzada habría vulnerado el derecho al acceso al recurso que tiene reconocimiento supranacional como la declaración universal de los derechos humanos, el pacto internacional de derechos civiles y políticos y las disposiciones y principios constitucionales señaladas precedentemente
- Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Invocando el Auto Supremo 098/2013- RRC de 15 de abril
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con la última
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- En ese entendido, de la revisión de las denuncias contenidas en el único motivo del
- Respecto al motivo que es objeto del presente análisis se tienen los siguientes aspectos
- Ambos aspectos referidos del motivo analizado objeto del presente examen, se puede evidenciar que el
- La exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa en la carta fundamental que debe
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
