POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISION del recurso de casación de fs. 503 a 505, interpuesto por Angélica Choque Aliaga, Diego Tarquino Choque y Roberto Tarquino Choque, contra el Auto de Vista Nº 480/2017 de fecha 06 de noviembre, cursante de fs. 500 a 501 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Partes: Félix Choque Aliaga. c/ Angélica Choque Aliaga, Diego Tarquino Choque y Roberto Tarquino Choque
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Angélica Choque Aliaga, Diego Tarquino
- En el marco de lo preceptuado en el art
- Asimismo, se advierte que los recurrentes, al margen de identificar la resolución impugnada, es decir
- De la revisión del recurso de casación de fs
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
