Auto Supremo AS/0169/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0169/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

Sobre el tercer motivo, en el que se arguye la existencia de defectos absolutos en


En el segundo motivo, se denuncia afectación al derecho al debido proceso inserto en el art 115 de la CPE, en el entendido que el Tribunal de apelación, anuló la Sentencia de grado con argumentos distintos a una situación de hecho similar anterior, que se encuentra contenida en el Auto de Vista 86/2016, emitido por la misma Sala Penal que anuló una Sentencia condenatoria por no encontrarse conforme a derecho, extremo que en la perspectiva del recurso resulta contradictorio. Este motivo es dotado de las exigencias mínimas para su admisión vía flexibilización de requisitos; es decir, se proveyó los antecedentes generadores del defecto, que es la resolución judicial y el supuesto paralelismo de argumentos ante una misma situación jurídica; se precisó el derecho vulnerado, atinente al debido proceso; se propuso una reseña básica pero explicativa sobre cual la restricción del derecho, entendido por el recurrente como una innecesaria prolongación del proceso; y, el resultado dañoso emergente de ese defecto, que involucra de modo íntimo el anterior aspecto.

Sobre el tercer motivo, en el que se arguye la existencia de defectos absolutos en el Auto de Vista impugnado, habida cuenta de la consignación de jueces ciudadanos en la Sentencia. En este particular, más allá de la llana mención y una exposición de la queja que no termina de esclarecer cuál es el fin que persigue o que pretende corregir, no se encuentran aspectos mínimos que puedan ser entendidos como el cumplimiento de los requisitos procesales exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, razón por la que este motivo en particular, no es pasible de ser analizado en el fondo