De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 03/2016 de 10 de marzo (fs. 725 a 737), el Tribunal de Sentencia de Vallegrande del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Gloria Máxima Cardona Morón, autora y culpable de la comisión de los delitos de Manipulación Informática, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 363 bis, 200 y 203 del CP, imponiendo mediante concurso ideal la pena de cuatro años de reclusión, más la reparación y pago del daño civil ocasionado a la víctima, además del pago de costas y gastos ocasionados al Estado, siendo absuelta de los delitos de Hurto Agravado, Falsedad Material e Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado.
b)Contra la mencionada Sentencia, la imputada Gloria Máxima Cardona Morón (fs. 739 a 741 vta.), interpuso recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista 11 de 20 de febrero de 2017, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes las apelación restringida e incidental planteados
- Por memorial presentado el 11 de agosto de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios el Auto Supremo 401 de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- También invocó como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional 1401/2003-R de 26 de septiembre, de la
- Se debe tener en cuenta que a los efectos de resolver sobre la admisibilidad o
- Ahora bien, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en los
- En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
- En el caso presente, el impugnado Auto de Vista 11 de 20 de febrero de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
