Auto Supremo AS/0179/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 37 de 20 de julio de 2016 (fs. 2584 a 2601 vta.), el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Claus Reynaldo Ovando Ibarra, autor de la comisión del delito de Asesinato y Carmelo Guzmán Chávez culpable de la participación en grado de Encubrimiento del mencionado delito, previstos y sancionados por los arts. 252 incs. 2) y 3) y 171 con relación al art. 20 del CP, imponiendo al primero la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, y al segundo la pena de dos años de reclusión, siendo este último absuelto del ilícito de Complicidad, ambos fueron sancionados con costas a calificarse en ejecución de sentencia.

b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Claus Reynaldo Ovando Ibarra formuló recurso de apelación restringida (fs. 2650 a 2664), que fue resuelto por Auto de Vista 43 de 20 de junio de 2017, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado, manteniendo incólume la Sentencia apelada.

c)Por diligencia de 28 de agosto de 2017 (fs. 2748), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 4 de septiembre del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad