Por memorial presentado el 18 de octubre de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 192/2018-RA
Sucre, 21 de marzo de 2018
Expediente: Santa Cruz 171/2017
Parte Acusadora : Alexander Jonathan Espinoza Peña en representación de
“FOB BUSSINES INTERNATIONAL S.R.L.”
Parte Imputada: Félix Gonzales Pérez
Delito : Estafa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de octubre de 2017, cursante de fs. 675 a 678, Félix Gonzales Pérez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 63 de 30 de agosto de 2017, de fs. 660 a 666 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Alexander Jonathan Espinoza Peña en representación de “FOB BUSSINES INTERNATIONAL S.R.L.” contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 192/2018-RA
Sucre, 21 de marzo de 2018
Expediente: Santa Cruz 171/2017
Parte Acusadora : Alexander Jonathan Espinoza Peña en representación de
“FOB BUSSINES INTERNATIONAL S.R.L.”
Parte Imputada: Félix Gonzales Pérez
Delito : Estafa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de octubre de 2017, cursante de fs. 675 a 678, Félix Gonzales Pérez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 63 de 30 de agosto de 2017, de fs. 660 a 666 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Alexander Jonathan Espinoza Peña en representación de “FOB BUSSINES INTERNATIONAL S.R.L.” contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 18 de octubre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, Alexander Jonathan Espinoza Peña en representación de “FOB BUSSINES INTERNATIONAL S
- c)Por diligencia de 11 de octubre de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación al primer motivo, de la lectura de los argumentos plasmados en el recurso
- Considerando estos aspectos fundados en el motivo, el recurrente evidentemente aduce falta de motivación en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
