De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 028/2016 22 de septiembre (fs. 92 a 95), el Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Leocadia Fernández Thola y Ricardo Vargas Maguiña, absueltos de culpa y pena de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 primera parte del CP, sin costas
- Por memorial presentado el 16 de noviembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencias de 8 de noviembre de 2017 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Los recurrentes aducen otro agravio, que el Tribunal de alzada, al no participar de la
- 3)Asimismo denuncian, que el Auto de Vista impugnado a momento de la aplicación de la
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
