Auto Supremo AS/0197/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

El art


4)Finalmente, denuncian, que el Tribunal de alzada no fundamentó debidamente, siendo incongruente el Auto de Vista impugnado entre la parte considerativa y la parte dispositiva, donde algunos aspectos son aceptados por dicho Tribunal y otros dejan pasar por alto, sin resolver.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)