Auto Supremo AS/0205/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

Por otro lado, al margen de lo anteriormente expuesto se evidencia que el recurrente no


Por otro lado, al margen de lo anteriormente expuesto se evidencia que el recurrente no invoca precedentes contradictorios en su recurso de casación, incumpliendo lo previsto por los arts. 416 y 417 del CPP, omisión que no puede ser suplida de oficio por esta Sala Penal, por lo que devienen en inadmisibles ambos motivos