Auto Supremo AS/0106/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2018

Fecha: 16-Abr-2018

En el recurso de casación en análisis, el recurrente manifiesta que el Tribunal ad quem

En el recurso de casación en análisis, el recurrente manifiesta que el Tribunal ad quem infringió disposiciones legales por falta de valoración de las pruebas de descargo, en razón de no haberse tomado en cuenta en las pruebas lo que sigue:
Que el demandante ingresó a trabajar el 3 de enero de 2011, con un sueldo de Bs.1.700, situación que es contraria a lo demostrado en el proceso laboral, evidenciándose que al existir una relación laboral entre Bladimir Pedraza Aguilar y la empresa RGI Construcción e Ingeniería SRL, desde el 17 de mayo de 2011 hasta el 10 de noviembre de 2012, por un periodo de 2 años 5 meses y 24 días, cumpliendo las funciones de Encargado de Almacenes con un salario mensual de Bs.3000.- conforme se tiene por las declaraciones testificales de cargo (fs. 42 a 43 y vta.), periodo en el cual la parte recurrente no se hizo presente en las declaraciones para refutar o contrainterrogar al demandante, como establecen los arts. 66 y 150 del CTP, constituyéndose plena prueba a favor del trabajador conforme las declaraciones coincidentes respecto a lo extrañado por la empresa recurrente, concluyendo que la Jueza aquo actuó de acuerdo lo establecido en los arts. 179, 198 y 200 del CPT y fue confirmado en recurso de apelación