El caso objeto de análisis, se circunscribe en dilucidar si corresponde tomar en cuenta la
El caso objeto de análisis, se circunscribe en dilucidar si corresponde tomar en cuenta la excepción perentoria de pago documentado, que alcanza a $us. 4.500, monto que según el recurrente habría cancelado a favor del actor, así como también, si corresponde el pago por los conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación y la multa del 30%, como se determinó en el auto de vista recurrido, extremos que son negados por la parte recurrente, motivo por el que denunció la aplicación errónea e indebida de los arts. 4, 12 y 13 de la LGT, 9 del DS Nº 28699 y de la Ley de 18 de diciembre de 1944
- Que tramitado el proceso de referencia, el Juez Quinto de Partido de Trabajo y Seguridad
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Denunció error de hecho y error de derecho en la apreciación de las pruebas cursantes
- Sobre el pago del desahucio, manifestó que se hizo una mala apreciación de la prueba
- Que al disponer la cancelación de la indemnización, cuando existe un finiquito de cancelación cursante
- I.2.1 Petitorio
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista impugnado
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- El caso objeto de análisis, se circunscribe en dilucidar si corresponde tomar en cuenta la
- Con relación a la excepción perentoria de pago documentado en la suma, en el que
- Al respecto, el art
- En el caso de autos, no existe prueba o documento alguno que acredite de forma
- En al desahucio, que según la parte demandante no correspondería, ni la indemnización, porque el
- Con relación a los demás conceptos, referentes a que no correspondería el pago de aguinaldo,
- En base a lo expuesto, corresponde reconocer a favor del actor, por concepto de aguinaldo,
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
