Finalmente, respecto a la cita de los Autos Supremos 418 de 10 de octubre de
Finalmente, respecto a la cita de los Autos Supremos 418 de 10 de octubre de 2006, 233 de 4 de julio de 2006 y 444 de 15 de octubre de 2005, tampoco serán considerados en el análisis de fondo; puesto que, el recurrente se limitó a citarlos y realizar un breve resumen de dichos precedentes, no observándose el trabajo de contraste; es decir, la explicación de contradicción en los términos exigidos por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, pues para el efectivo cumplimiento de la carga procesal impuesta recurrente, no basta con citar y realizar un breve resumen de los Autos Supremos como se advierte en este caso; sino, que le corresponde al recurrente explicar, por qué considera que el Auto de Vista recurrido contradijo los entendimientos de los precedentes invocados, para que con esos insumos este Tribunal pueda ingresar a verificar si existe o no contradicción, aspecto que no ocurrió
- Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, el imputado Carlos Sánchez Salazar interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c)Por diligencia de 17 de noviembre de 2015 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Concluye su recurso citando los Autos Supremos 418 de 10 de octubre de 2006, 233
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, respecto al único motivo, donde el recurrente reclama que el Auto de Vista
- En cuanto a la cita del “Auto de vista No 122 registrado a fs
- Finalmente, respecto a la cita de los Autos Supremos 418 de 10 de octubre de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
