3)Haciendo alusión a la prueba 27, correspondiente al acta de ingreso e inventario de bienes
3)Haciendo alusión a la prueba 27, correspondiente al acta de ingreso e inventario de bienes efectuada por el Dr. Jorge Canedo Duran; la recurrente señala que el Auto de Vista impugnado es incongruente y contradictorio a la doctrina prevista por los Autos Supremos 340/2016 de 28 de agosto, y 050/2013-RRC de 1 de marzo; al afirmar de manera sesgada que la Juez de mérito no fundamentó el valor otorgado a la prueba aludida; además de ello, puntualiza que el Auto de Vista impugnado “en su parte 1, 2 y 2.2” (sic), es contradictorio al referir “debía observar el juez a quo, si era o no una sentencia de ejecución o meramente declarativa y no solo hacer una mención del mismo” (sic), pretendiendo ligar la Sentencia civil de interdicto de adquirir la posesión y su Auto de Vista a la citada prueba 27
- Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia y la Resolución de 18 de julio de 2014, la imputada
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Como precedentes contradictorios, invoca los Autos Supremos 050/2013-RRC de 1 de marzo; y, 267/2017-RRC de
- 2)Previo a citar como precedentes contradictorios los Autos Supremos 316/2009 de 19 de marzo, 257/2011
- 3)Haciendo alusión a la prueba 27, correspondiente al acta de ingreso e inventario de bienes
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, la recurrente a tiempo de exponer el
- Por último, en el cuarto motivo la recurrente denuncia incongruencia omisiva del Auto de Vista
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
