De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia de 5 de noviembre del 2008 (fs. 221 a 227), el Tribunal Tercero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a Hernán Rojas Vedia y Ramber Cabrera Gonzales, autores y culpables de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por el art. 332 incs. 1) y 2) del CP, imponiendo la pena de nueve años de presidio, con costas.
b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Ramber Cabrera Gonzales (fs. 296 a 250) y Hernán Rojas Vedia (fs. 256 a 260), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista de 12 de junio de 2010, dictado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró improcedentes los recursos planteados, con costas; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 1 de noviembre del 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 29 de octubre del 2010 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Denuncia que la Sentencia incurrió en los defectos previstos por los incs
- 3)Reclama la inobservancia y errónea aplicación de la Ley sustantiva –inc
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que
