Auto Supremo AS/0271/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2018-RA

Fecha: 27-Abr-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia de 5 de noviembre del 2008 (fs. 221 a 227), el Tribunal Tercero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a Hernán Rojas Vedia y Ramber Cabrera Gonzales, autores y culpables de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por el art. 332 incs. 1) y 2) del CP, imponiendo la pena de nueve años de presidio, con costas.

b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Ramber Cabrera Gonzales (fs. 296 a 250) y Hernán Rojas Vedia (fs. 256 a 260), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista de 12 de junio de 2010, dictado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró improcedentes los recursos planteados, con costas; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada