Auto Supremo AS/0272/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2018-RA

Fecha: 12-Abr-2018

En el marco de lo preceptuado en el art

CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACION
En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 de dicha norma, considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 del ya citado Código Procesal Civil, conforme a los siguientes puntos:
II.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
Emitido el Auto de Vista Nº 519/2017 de fecha 4 de diciembre que cursa de fs. 484 a 485 vta., se observa que este fue puesto en conocimiento de la recurrente en fecha 10 de enero de 2018, tal como se tiene de la diligencia de notificación de fs. 486, habiendo presentado el recurso de casación en fecha 23 de enero de 2018, conforme se evidencia del cargo de recepción suscrito por el Secretario de Cámara de la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de La Paz cursante a fs. 489 vta. de obrados; datos en virtud de los cuales se infiere que el recurso de casación, objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles