De lo expuesto al no haber dado el recurrente cumplimiento a lo descrito dentro de
Por otra parte, en el recurso de casación analizado se ingresa a valoraciones relativas a la violación del debido proceso, violación del art. 135 del Código Civil, aplicación errónea del art. 92 del mismo cuerpo normativo, acusaciones que resultan pertinentes al fondo de la causa, cuando el Auto de Vista concluyó la inadmisibilidad del recurso de apelación, motivo por el cual las acusaciones resulten ser impertinentes en el caso presente.
De lo expuesto al no haber dado el recurrente cumplimiento a lo descrito dentro de la presente resolución, este Tribunal se encuentra constreñido en declarar la improcedencia del recurso
De lo expuesto al no haber dado el recurrente cumplimiento a lo descrito dentro de la presente resolución, este Tribunal se encuentra constreñido en declarar la improcedencia del recurso
- Partes: Florinda Andrade Cáceres. c/ Teodoro Martínez y otros
- Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO III
- La exigencia descrita precedentemente obedece a la tesis de que el recurso de casación es
- CONSIDERANDO IV
- De donde se concluye que si bien el recurrente en una pequeña parte de su
- De lo expuesto al no haber dado el recurrente cumplimiento a lo descrito dentro de
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
