También indica el compulsante, que el Auto Nº 58/2018 SSA
Que por memorial de fs. 168 y vta., de obrados, Vladimir Fernando Álvarez Roa, en representación de AXS BOLIVIA S.A, por escrito de fs. 139-142, interpuso recurso de compulsa contra los Vocales de la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, señalando que por Auto Nº 58/2018 de 11 de abril de 2018, cursante a fs. 166, del testimonio remitido, se rechazó indebidamente el recurso de casación planteado de su parte.
Refiere que la Resolución Nº 07/2016 emitida por el Juez a quo, que resolvió la excepción de prescripción de deuda que interpuso, fue declarada improbada, sin considerar la normativa vigente, la jurisprudencia existente y que el derecho al cobro por parte del coactivante ya se encuentra prescrito, constituyendo dicha resolución un auto definitivo que tiene fuerza de sentencia.
También indica el compulsante, que el Auto Nº 58/2018 SSA. II de 11 de abril de 2018, por el cual se rechazó el recurso de casación planteado, basó su decisión indicando que la Resolución Nº 07/2016 es un Auto Interlocutorio Simple y que no admite recurso ulterior, situación que genera a sus intereses daño económico y que transgrede su derecho a la defensa y al debido proceso
Refiere que la Resolución Nº 07/2016 emitida por el Juez a quo, que resolvió la excepción de prescripción de deuda que interpuso, fue declarada improbada, sin considerar la normativa vigente, la jurisprudencia existente y que el derecho al cobro por parte del coactivante ya se encuentra prescrito, constituyendo dicha resolución un auto definitivo que tiene fuerza de sentencia.
También indica el compulsante, que el Auto Nº 58/2018 SSA. II de 11 de abril de 2018, por el cual se rechazó el recurso de casación planteado, basó su decisión indicando que la Resolución Nº 07/2016 es un Auto Interlocutorio Simple y que no admite recurso ulterior, situación que genera a sus intereses daño económico y que transgrede su derecho a la defensa y al debido proceso
- Demandante:AXS BOLIVIA S.A
- VISTOS: El recurso de compulsa cursante de fs
- También indica el compulsante, que el Auto Nº 58/2018 SSA
- Concluye solicitando se declare la legalidad de la compulsa, se conceda y sustancie el recurso,
- II. Antecedentes del proceso
- III. Fundamentos jurídicos del fallo y análisis del caso en concreto
- El recurso de compulsa, que se encuentra previsto por el art
- En el caso presente se alega que se hubiese negado de manera indebida el recurso
- Esta norma, concuerda con lo previsto en el art
- Conforme se advierte del Auto Nº 58/2018 de 11 de abril de 2018 de fs
- En ese entendido, lo determinado en dicha resolución, en relación a lo establecido en el
- En conclusión, de acuerdo a los fundamentos que anteceden, se establece que el Tribunal de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se impone multa al compulsante, que se gradúa en el equivalente a tres días de
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.
