Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad de cuestionar la inadecuada aplicación o interpretación de las disposiciones legales realizadas por el Tribunal de apelación, contrarios a otros precedentes, debe señalarse que el precedente contradictorio en materia penal, constituye una decisión judicial, previa al caso analizado, que al ser emanado por un Tribunal superior en grado o por uno análogo, debe ser aplicado a casos que contengan similitud con sus hechos relevantes; al respecto, la normativa procesal penal en el país, ha otorgado al precedente contradictorio carácter vinculante (art. 420 del CPP). La importancia de precedente contradictorio, deviene del objetivo y fin del recurso casacional; toda vez, que el más alto Tribunal de Justicia del Estado, tiene la tarea u objetivo de unificar o uniformar la jurisprudencia nacional, con el fin de brindar seguridad jurídica a las partes inmersas en un proceso judicial, asegurando la aplicación uniforme de la ley; y por ende, la efectivización del principio de igualdad y la tutela judicial efectiva, atribución que se encuentra descrita en los arts. 419 del CPP y 42 inc. 3) de la LOJ y que es conocida como función nomofiláctica (interpretación de la norma en procura de una jurisprudencia uniforme e integrada)
- Por memorial presentado el 30 de mayo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 730/2017-RA de 25 de septiembre, se
- I
- El recurrente acusa que el Auto de Vista es contradictorio al Auto Supremo 660/2014-RRC de
- Denuncia que el Auto de Vista impugnado violó el art
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que deje sin efecto el Auto de Vista y se ordene a
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- En el presente caso se demostró que concurren los presupuestos que tipifican el delito; es
- II.2. De la apelación restringida
- Contra la precitada Sentencia, el imputado Mario Andrés Jorge Moreno Flores, presentó recurso de apelación
- No se realizó la operación de la valoración de los medios de prueba, porque el
- También refiere que existió omisión de la compulsa de las pruebas documentales de descargo con
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Se estableció que se llegó a demostrar en el juicio oral que el cheque 56,
- En el presente recurso de casación, el recurrente Marco Antonio Rueda Justiniano en su condición
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
- Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III
- Aunque la apreciación valorativa de las pruebas y las conclusiones fácticas (intangibilidad de la prueba
- Asimismo, en relación a las leyes de la psicología, el Tribunal o Juez tiene el
- En el ordenamiento jurídico boliviano, el sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra
- Consiguientemente, ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de
- Este entendimiento ha sido ampliamente desarrollado en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- De lo señalado precedentemente, es posible concluir que el Tribunal de alzada tiene la obligación
- Finalmente, por ser de utilidad para el análisis del caso concreto, resulta necesario glosar la
- Consecuentemente; ‘En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
- Los criterios doctrinales legales glosados precedentemente fueron complementados por el Auto Supremo 660/2014 de 20
- Consiguientemente, el Tribunal de alzada, en observancia del art
- En ese mismo sentido, se desarrolló la doctrina legal aplicable del Auto Supremo 347/2013-RRC de
- Esta fundamentación o motivación sobre la base de la sana crítica, consiste en la operación
- Siendo así que, ante la impugnación de errónea valoración de la prueba, es decir, incorrecta
- Por su parte, el invocado Auto Supremo 035/2016-RRC de 21 de enero, aludiendo a la
- Finalmente, en cuanto a la obligación del acusador de aportar la prueba idónea suficiente para
- En el sistema actual, a diferencia del sistema anterior, el Juez es libre para obtener
- Es obligación de quien acusa, cumplir con la carga de la prueba, demostrando plenamente la
- Ante un eventual error en la subsunción de la conducta por el A quo si
- III.4. Sobre la revisión de oficio y el pronunciamiento ultra petita
- Sobre la revisión de oficio, este Tribunal se pronunció mediante el Auto Supremo 205/2015-RRC de
- II
- III.5. Análisis del caso concreto
- Para fines didácticos, siendo los motivos denunciados concurrentes en su contenido, se realizará la fundamentación
- Auto Supremo 660/2014 RRC de 20 de noviembre
- “…En tal sentido, a tiempo de ratificar el concepto rector de que el Tribunal de
- Auto Supremo 196 de 3 de junio 2005
- “…que, la facultad de valorar la prueba corresponde con exclusividad al Juez o Tribunal de
- Auto Supremo 251 de 22 de julio de 2005
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
