Auto Supremo AS/0295/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2018-RA

Fecha: 07-May-2018

Ahora bien, respecto al único motivo, en el que reclaman, que el Auto de Vista


Ahora bien, respecto al único motivo, en el que reclaman, que el Auto de Vista recurrido les causó un grave perjuicio a sus derechos de acceso a la justicia y defensa; por cuanto, declaró inadmisible su recurso de apelación restringida, sustentando que no existe recurso de impugnación contra Sentencias en procedimiento abreviado, que así lo habría desarrollado el entendimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0233/2016 de 18 de febrero y la doctrina del tratadista William Herrera Añez; conclusión que consideran, grosero, forzado y ajeno al ordenamiento jurídico; puesto que, la opinión de un escritor no puede estar por encima de la Ley, además, dicho autor haría referencia a la restricción de no apelar para el procesado y no así para la víctima; así también lo referiría la mencionada Sentencia Constitucional Plurinacional; sin embargo, el Tribunal de alzada las comprendió “al revés”, lo que les resulta ilegal, puesto que, no consideró que el Código de Procedimiento Penal establece que procede apelación restringida para ambas partes del proceso; en cuyo efecto, la Sentencia en su parte dispositiva señaló que era apelable en el término de 15 días, por lo que formularon apelación; empero, fue declarado inadmisible, constituyendo defecto absoluto insubsanable que atenta al debido proceso y derecho a la defensa, al no haberse pronunciado sobre los puntos apelados