Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0309/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0309/2018-RA

    Fecha: 14-May-2018

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 10 de agosto de 2011, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c)Por diligencia de 4 de agosto de 2011 (fs
    • Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
    • Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos “116/07 de 31 de enero” y “204/7 de
    • 2)Acusa que la Sala Penal Tercera a tiempo de emitir el Auto de Vista impugnado,
    • Como precedente contradictorio señala el Auto Supremo “256/2004”, referido según la glosa transcrita por la
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
    • En cuanto al primer motivo denunciado, la recurrente alega la violación del principio de inmediación
    • En el segundo motivo, básicamente se denuncia la inaplicabilidad del art
    • No obstante a ello, sobre el motivo planteado se explicó la vulneración del debido proceso,
    • En el tercer motivo, se denuncia la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado,
    • Argumentación que denota, que en el presente motivo también se cumplió con la carga argumentativa
    • Finalmente, se aclara que los Autos Supremos “373/06 de 6 de septiembre, 152/07 de 2
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca