En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Partes: Guillermo Cossio Cusicanqui. c/ Gary David Seleme Galarza y otros
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- II.1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº 46/2018 de fecha 23 de enero, se advierte
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación recurso de casación
- Emitido el Auto de Vista Nº 46/2018 de fecha 23 de enero, que cursa de
- II.3. De la Legitimación procesal
- De igual forma, se advierte que el recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada,
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- 1)Que el Tribunal de Alzada no ha considerado que el Juez de instancia aplico burdamente
- 2)El Tribunal de Apelación no ha observado que el demandante ha actuado sin contar con
- 3)Los Vocales han incurrido en error de derecho toda vez que se ha otorgado a
- 4)El Tribunal de Alzada no ha considerado que el actor carece de idoneidad jurídica para
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
