De la revisión del recurso de casación de fs
II.2. Análisis del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación de fs. 198 a 201, interpuesto por Waldo Ojeda Quispe y Marilú Mamani Marca, se desprende que los recurrentes exponen como reclamos entre otros lo siguiente:
1) Acusan que el Auto de Vista al confirmar la resolución Auto de 8 de mayo de 2015, deniega la admisión a la reconvención, siendo que como demandados tienen plena legitimación para contrademandar, sostienen que se vulneró el art. 348 del Código de Procedimiento Civil y su derecho a la legítima defensa constituido en el art. 119.II de la CPE
De la revisión del recurso de casación de fs. 198 a 201, interpuesto por Waldo Ojeda Quispe y Marilú Mamani Marca, se desprende que los recurrentes exponen como reclamos entre otros lo siguiente:
1) Acusan que el Auto de Vista al confirmar la resolución Auto de 8 de mayo de 2015, deniega la admisión a la reconvención, siendo que como demandados tienen plena legitimación para contrademandar, sostienen que se vulneró el art. 348 del Código de Procedimiento Civil y su derecho a la legítima defensa constituido en el art. 119.II de la CPE
- Partes: Jaime Esteban Orellana Aguilar y otra. c/ Waldo Ojeda Quispe y otra
- Proceso: Reivindicación de inmueble
- CONSIDERANDO I
- Fallo de primera instancia que es recurrido de apelación por los demandanos, mismo que mereció
- Conforme a lo previsto en el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- 2) Señalan que los títulos de los demandantes son nulos por ser ilícitos, y en
- 3) Indican que el Auto de Vista al asumir que para la procedencia de la
- 4) Citando jurisprudencia AA
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
