Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0343/2018-RRC
Fecha: 18-May-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 19 de julio de 2017, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Resolución de 30 de marzo de 2016 (fs
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Contra la mencionada Sentencia, los apoderados del Gobierno Autónomo Departamental de Pando (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del recurso de casación y del Auto Supremo 841/2017-RA de 31 de octubre, se extrae
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La parte recurrente señala que existió vulneración al debido proceso y la seguridad jurídica que
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita revocar el Auto de Vista impugnado
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I.2. Admisión del recurso
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
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II.2. De la actuación del Tribunal de apelación
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Por decreto de 29 de mayo del 2017 (fs
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El recurso de apelación restringida, fue resuelto por Auto de Vista de 26 de junio
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En cuanto al primer motivo de alzada, argumentó que en el punto II del fallo
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Sobre el segundo motivo de apelación, el Ad quem refirió que el Tribunal de Sentencia,
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En cuanto, a la pena –por la comisión el delito de Incumplimiento de Deberes-, los
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Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecido
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El artículo 408 del CPP, en su parte in fine, establece que “El recurrente deberá
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En ese contexto, también debe considerarse que la audiencia de fundamentación del recurso, se regirá
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Por otro lado el Auto Supremo 135/2014-RRC de 28 de abril del 2014, señaló: “…debiendo
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III.2. Análisis del caso en concreto
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La entidad recurrente, acusó que el Tribunal de apelación vulneró el debido proceso, la seguridad
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Al respecto, de lo descrito en el acápite II
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De lo expuesto, no es evidente que el Tribunal de apelación hubiese vulnerado los derechos
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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