De la revisión del recurso de casación, se observa que Yesid Alfonzo Mejía Sagarnaga, en
De la revisión del recurso de casación, se observa que Yesid Alfonzo Mejía Sagarnaga, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa que:
a)El demandante no ofreció prueba documental alguna que demuestre que su persona (el recurrente), sea el propietario del bien inmueble motivo de usucapión y que las especificaciones de dicho inmueble correspondan a las contenidas en la Escritura Pública No. 273/95 de fecha 07 de junio, registrado con matricula 2013010013743, ello tomando en cuenta que el predio en cuestión, es un lote de terreno signado con el Nº 5 del manzano C-5 con una superficie de 250 Mts.2, mientras que su título refleja el derecho propietario sobre los terrenos ubicados en los manzanos B-2, B-3, B-4, B-5, B-6, C-2, D-1 y E-1, por lo que el terreno demandado no corresponde a su escritura pública ni a su registro en derechos reales
a)El demandante no ofreció prueba documental alguna que demuestre que su persona (el recurrente), sea el propietario del bien inmueble motivo de usucapión y que las especificaciones de dicho inmueble correspondan a las contenidas en la Escritura Pública No. 273/95 de fecha 07 de junio, registrado con matricula 2013010013743, ello tomando en cuenta que el predio en cuestión, es un lote de terreno signado con el Nº 5 del manzano C-5 con una superficie de 250 Mts.2, mientras que su título refleja el derecho propietario sobre los terrenos ubicados en los manzanos B-2, B-3, B-4, B-5, B-6, C-2, D-1 y E-1, por lo que el terreno demandado no corresponde a su escritura pública ni a su registro en derechos reales
- Partes: Mario Ramos Choque c/ Yesid Alfonzo Mejía Sagarnaga
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- En el marco de lo preceptuado en el art
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-17/2018 de fecha 19 de enero, cursante de
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Yesid Alfonzo Mejía Sagarnaga, en
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
