b)Que el Auto de Vista recurrido infringiría disposiciones legales y constitucionales al señalar que no
4.Del contenido del recurso de casación
De la revisión del recurso de casación, se observa que Tomasa Pérez Sánchez de Bejarano y José Luis Pérez Sánchez, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusan:
a)Que el contenido del Auto de Vista recurrido sería incompleto, insuficiente y exiguo con relación a los agravios apelados, pues no solo faltaría pronunciamiento expreso respecto de la apelación en contra la Sentencia, sino también vulneraría el derecho a la defensa, ya que por una mala interpretación por parte de los juzgadores se estaría vulnerando sus derechos al debido proceso, seguridad jurídica, legalidad, defensa e igualdad procesal, así como de los principios de seguridad jurídica, idoneidad, respeto a los derechos, probidad, legalidad, eficacia, debido proceso y verdad material.
b)Que el Auto de Vista recurrido infringiría disposiciones legales y constitucionales al señalar que no se hubiera dicho cuál sería la cuestión familiar y cómo afectaría al proceso la cuestión de la anulación de matrimonio de su padre Luis Pérez Vedia con Julia Valencia Lanza, cuando el aspecto del respeto y unión entre una mujer y un hombre estaría protegido por la misma Constitución Política del Estado
De la revisión del recurso de casación, se observa que Tomasa Pérez Sánchez de Bejarano y José Luis Pérez Sánchez, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusan:
a)Que el contenido del Auto de Vista recurrido sería incompleto, insuficiente y exiguo con relación a los agravios apelados, pues no solo faltaría pronunciamiento expreso respecto de la apelación en contra la Sentencia, sino también vulneraría el derecho a la defensa, ya que por una mala interpretación por parte de los juzgadores se estaría vulnerando sus derechos al debido proceso, seguridad jurídica, legalidad, defensa e igualdad procesal, así como de los principios de seguridad jurídica, idoneidad, respeto a los derechos, probidad, legalidad, eficacia, debido proceso y verdad material.
b)Que el Auto de Vista recurrido infringiría disposiciones legales y constitucionales al señalar que no se hubiera dicho cuál sería la cuestión familiar y cómo afectaría al proceso la cuestión de la anulación de matrimonio de su padre Luis Pérez Vedia con Julia Valencia Lanza, cuando el aspecto del respeto y unión entre una mujer y un hombre estaría protegido por la misma Constitución Política del Estado
- Partes: Maura Rivera Barrigas c/ Elvira Pérez Sánchez y otros
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 1
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista SCC II Nº 105/2018 de fecha 20 de abril
- Emitida la resolución de alzada (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de
- 3.De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- b)Que el Auto de Vista recurrido infringiría disposiciones legales y constitucionales al señalar que no
- c)En cuanto a la excepción de citación al garante de evicción, acusa que solo se
- d)Que conforme a los fundamentos expuestos en el recurso de apelación se habría demostrado que
- En virtud a los citados reclamos, que juntamente con otros se encuentran inmersos en el
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- Por lo expuesto, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
