c) Refiere que el Auto de Vista no solo no se está pronunciando sobre pretensiones
c) Refiere que el Auto de Vista no solo no se está pronunciando sobre pretensiones deducidas en el proceso que fueron reclamadas oportunamente, sino que este hecho implica la de falta una diligencia o tramite declarado esencial desde todo punto de vista, actitud que vulnera el derecho a la defensa generándole indefensión
- Proceso: Nulidad de contrato
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº SCCI-0106/2018 de fecha 10 de abril, que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Rosa Ana Reynolds Salinas
- b) Acusa que no existe motivación y fundamentación respecto a los agravios 2, 3, 4,
- c) Refiere que el Auto de Vista no solo no se está pronunciando sobre pretensiones
- d) Aduce error de hecho y derecho en el apreciación de las pruebas como ser
- De esta manera, solicita anular obrados y/o casar el Auto de Vista
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
