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En el fondo:
1.Denunciaron que el Auto de Vista ha violado, interpretado erróneamente y aplicado indebidamente el art. 568 del Código Civil, en razón a que en ningún momento los demandantes han cumplido con cancelar el saldo de $us.7.800, entonces si no han cumplido con este presupuesto no están facultados para llevar adelante su demanda, suficiente razón para revocar y/o anular la sentencia
