Auto Supremo AS/0167/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2018

Fecha: 19-Jun-2018

Con relación al pago de indemnización, que según la parte recurrente no corresponde, al respecto

Con relación al pago de indemnización, que según la parte recurrente no corresponde, al respecto cabe señalar que este hecho no fue reclamado oportunamente, es decir a tiempo de interponer su recurso de apelación, ya que revisado el contenido del mismo, no contiene como agravio este punto, el que tardíamente aduce en casación, razón por la cual se activa la preclusión procesal prevista en los artículo 3. e) y 57 del Código Procesal del Trabajo, teniendo en cuenta que el proceso se desenvuelve en instancias o etapas, de modo que los actos procesales deben ejecutarse en un determinado orden; ese desenvolvimiento ordenado responde al principio de preclusión previsto en la normativa citada, señalando que el proceso consiste en el desarrollo de las diversas etapas en forma sucesiva, mediante la clausura definitiva de cada una de ellas, el juez impedirá el regreso a momentos procesales ya extinguidos y consumados, rechazando de oficio toda petición por pérdida de la oportunidad conferida por ley para la realización de un acto procesal, sin necesidad de solicitar informe previo al Secretario ni otro trámite, de donde resulta inadmisible que ahora en la vía del recurso de casación o nulidad, se pretenda regresar a momentos ya extinguidos y consumados, como erradamente pretende la parte recurrente, en franca violación al aludido principio, no siendo por tanto evidente lo alegado sobre este punto