Auto Supremo AS/0245/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0245/2018

Fecha: 12-Jun-2018

1

En el análisis del caso, corresponde establecer si efectivamente existió una aplicación indebida e errónea de interpretación del art. 5-II del D.S. Nº 27375 de 17 de febrero de 2004 y art. 197 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975); en merito a ello, se tiene lo siguiente:
1.- En relación al subsidio de frontera y su aplicabilidad; el D.S. 21137, representa una garantía de la aplicación objetiva de la Ley, de tal modo que los ciudadanos conocen en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de los empleadores pueda causarles perjuicio; por cuanto las entidades del sector público, como las empresas privadas que desarrollen actividades dentro de los cincuenta kilómetros de las fronteras del país, conocen que tienen la obligación de cancelar a favor de sus empleados y trabajadores, el 20% adicional al salario mensual, por concepto de subsidio de frontera, justamente por encontrarse alejados de las ciudades y centros poblados