De acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo No
De acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo No. 28741 de fecha 7 de junio de 2006, se efectúa una reasignación presupuestaria para el pago del subsidio de frontera. En ese entendido debemos señalar que, el subsidio de frontera, en el marco del artículo 12 del Decreto Supremo Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985, (Subsidio de frontera); señala: “Se sustituye los bonos de frontera, zona o región con un subsidio de frontera, cuyo monto será el veinte por ciento (20%) del salario mensual. Se beneficiarán con este subsidio, solamente los funcionarios y trabajadores del Sector Público cuyo lugar de trabajo se encuentra dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales. Esta disposición regirá también para las empresas privadas”
- Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales seguido por Fran Nelson Nina
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija representado por
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Interpuesto el recurso de casación en la forma y en el fondo, el recurrente establece
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- El recurrente cita y transcribe argumentos jurisprudenciales en relación a la debida motivación y
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que CASE el auto de vista recurrido
- La parte demandante no contestó el recurso interpuesto
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- De acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo No
- En relación a la aplicación del art
- Del per saltum
- IV. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
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- En merito a ello, se puede evidenciar que el Decreto Supremo señalado, establece que el
- Si bien es cierto que por mandato del art
- De lo que se concluye, que el art
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
