Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales seguido por Fran Nelson Nina
Sentencia.-
Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales seguido por Fran Nelson Nina Cruz en contra del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija; el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Pando, emitió la Sentencia Nº 311 016 de 19 de Octubre de 2016 de fs. 29 a 30 vta., declarando probada la demanda, determinando que el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija cancele a favor del actor conforme al siguiente detalle: Subsidio de frontera en la suma total de Bs. 34.811 (Treinta y cuatro mil ochocientos once 00/100 Bolivianos), monto que debería ser cancelado dentro el tercer día de ejecutoriado el fallo
Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales seguido por Fran Nelson Nina Cruz en contra del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija; el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Pando, emitió la Sentencia Nº 311 016 de 19 de Octubre de 2016 de fs. 29 a 30 vta., declarando probada la demanda, determinando que el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija cancele a favor del actor conforme al siguiente detalle: Subsidio de frontera en la suma total de Bs. 34.811 (Treinta y cuatro mil ochocientos once 00/100 Bolivianos), monto que debería ser cancelado dentro el tercer día de ejecutoriado el fallo
- Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales seguido por Fran Nelson Nina
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija representado por
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Interpuesto el recurso de casación en la forma y en el fondo, el recurrente establece
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- El recurrente cita y transcribe argumentos jurisprudenciales en relación a la debida motivación y
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que CASE el auto de vista recurrido
- La parte demandante no contestó el recurso interpuesto
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- De acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo No
- En relación a la aplicación del art
- Del per saltum
- IV. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
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- En merito a ello, se puede evidenciar que el Decreto Supremo señalado, establece que el
- Si bien es cierto que por mandato del art
- De lo que se concluye, que el art
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
