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3.Sostiene que el auto de vista con criterios inadmisibles, considera que el juez A-quo no hizo una análisis del proceso y que solo se dejó influenciar por lo argumentado por la parte demandante, situación que importa un criterio personal que vulnera las garantías constitucionales del debido proceso.
4.Manifiesta que el tribunal A-quo debe valorar la prueba conforme a la norma procesal civil, tomando en cuenta que la confesión provocada “es provocada cuando se produce por disposición del juez o a pedido de la parte contraria y mediante respuestas a un interrogatorio denominado pliego de posiciones. Esta es la confesión más importante en el derecho Procesal Civil y la que produce efectos probatorios importantes en el proceso judicial por las consecuencias que conlleva la misma; por lo tanto es formal y exquisita para probar o desvirtuar los hechos conflictivos en un proceso” (sic.), y que la apreciación de la prueba de inspección, más que una valoración traduce un criterio personal
4.Manifiesta que el tribunal A-quo debe valorar la prueba conforme a la norma procesal civil, tomando en cuenta que la confesión provocada “es provocada cuando se produce por disposición del juez o a pedido de la parte contraria y mediante respuestas a un interrogatorio denominado pliego de posiciones. Esta es la confesión más importante en el derecho Procesal Civil y la que produce efectos probatorios importantes en el proceso judicial por las consecuencias que conlleva la misma; por lo tanto es formal y exquisita para probar o desvirtuar los hechos conflictivos en un proceso” (sic.), y que la apreciación de la prueba de inspección, más que una valoración traduce un criterio personal
- Mayorga
- Proceso: Nulidad de escritura pública
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 4
- 5
- 6
- Solicitando se case el auto de vista impugnado y deliberando en el fondo se declare
- 1
- 3
- Por lo que solicita se declare improcedente
- CONSIDERANDO III
- El art
- En el presente caso, conforme se ha expresado en la doctrina legal aplicable, se debe
- En ese contexto, del análisis y lectura del recurso de casación planteado por Roberto Maria
- En tal sentido, en lo que respecta al punto 1) del recurso, se advierte que
- Por cuanto siendo evidente que el recurso de casación no cumple con los requisitos plasmados
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
