Al respecto, en la formulación del presente motivo se evidencia que se recurre en casación
Como primer motivo el recurrente alega que el Auto de Vista impugnado declaró sin lugar a la apelación incidental de extinción de acción penal por duración máxima del proceso, con el argumento de que el recurso interpuesto se limitaría a una relación de hechos sin la debida fundamentación; asimismo expresa el impetrante, que el Auto Interlocutorio que rechazó su incidente, vulneró el debido proceso, invocando las Sentencias Constitucionales 2121/2013, 1061/2015-S2, 445/2012 y el Auto Supremo 222/2007 de 7 de marzo. Finalmente refirió que al estar detenido preventivamente no pudo realizar ningún acto dilatorio.
Al respecto, en la formulación del presente motivo se evidencia que se recurre en casación una apelación incidental que fue objeto de análisis y también resuelta por el Tribunal de alzada, por lo que conforme a lo dispuesto por las diferentes líneas jurisprudenciales contenidas entre otros, en los Autos Supremos 547/2003 de 29 de octubre y 131/2011 de 11 de marzo, no se puede recurrir en casación cuestiones incidentales que no correspondan a la esfera del recurso, por lo que deviene en inadmisible el motivo en análisis
- Por memorial presentado el 16 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Al respecto, en la formulación del presente motivo se evidencia que se recurre en casación
- Con relación al tercer motivo expresó que denunció el defecto de Sentencia previsto en el
- Sobre el particular, analizado y revisado este motivo traído en casación se evidencia que el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
