En el caso de autos la recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber sido
En el caso de autos la recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber sido parte principal en el proceso en su calidad de demandante
- Partes: Clotilde Gutiérrez Sarmiento. c/ Samuel Molina Rejas
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- En autos se trata de un auto de vista pronunciado en relación al recurso de
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de autos la recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber sido
- 1) El Auto de Vista, al confirmar la sentencia, incurrió al igual que esta última
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
