En la Segunda circunstancia planteada, el recurrente identifica los motivos de apelación que en su
En la Segunda circunstancia planteada, el recurrente identifica los motivos de apelación que en su criterio no hubieran sido resueltos en el fondo, al haberse acudido a argumentos generales y transcripción parcial de la Sentencia apelada, lo cual transgrede en su criterio la interpretación normativa realizada respecto de los arts. 124 y 398 del CPP, a través de los 251 de 17 de septiembre de 2012, 189 de 8 de agosto de 2012 y 192/2016 de 14 de marzo, explicando que el primero habría señalado que una resolución judicial debe cumplir con los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad; y, el segundo, establecería que tampoco existe resolución en un fallo cuando en el mismo se exponen fundamentos alegados de las proposiciones jurídicas realizadas, con la finalidad de no dar respuesta al fondo de los agravios planteados; finalmente, el tercer precedente invocado, señalaría que la autoridad juridicial debe fundamentar el quantum de la pena conforme lo previsto por el art. 38 del CP; fundamentación que en el caso de autos no existiría; toda vez, que el Tribunal de alzada se habría alejado de los cuestionamientos realizados en su recurso de apelación, los cuales fueron identificados en tres incisos en el acápite II de la presente resolución. Estando cumplidos los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 de la norma adjetiva penal, corresponde admitir el agravio planteado
- Por memorial presentado el 21 de febrero del 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Alega que los Autos Supremos 223 de 22 de agosto de 2012 y 251 de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que
- En la Segunda circunstancia planteada, el recurrente identifica los motivos de apelación que en su
- Se deja constancia que los Autos Supremos 223 de 22 de agosto de 2012 y
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
